Abogados penalistas expertos en delito de estafa

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La estafa es un delito que atenta contra la propiedad y el patrimonio de una persona mediante el uso del engaño. Si eres víctima de este acto delictivo, nuestros abogados especialistas en derecho penal estudiarán tu caso y te brindarán apoyo en todo el proceso para que puedas tomar acciones legales que protejan tus derechos.

Delito de estafa
¿Qué es el delito de estafa?

Es el hecho por medio del cual una persona toma, a raíz de un error provocado por la acción del agente, una disposición patrimonial perjudicial, que dicho agente pretende convertir en beneficio propio o de un tercero.

El delito de estafa es el uso de artificio o engaño, a fin de procurar para sí o para terceros un provecho patrimonial en perjuicio ajeno.

En la estafa, hay una lesión del patrimonio ajeno, mediante engaño o artificio apto para engañar y ánimo de lucro. En la estafa el sujeto activo, empleando maniobras fraudulentas, ardides y cambiando el modo de pensar de una persona le induce al error.

Según el artículo 196 del código penal, «el que procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero, induciendo o manteniendo en error al agraviado mediante engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años.»

¿Cuáles son los elementos constitutivos del delito de estafa?

Los elementos constitutivos del delito de estafa son: el engaño, la astucia, el ardid u otra forma fraudulenta.

a) El engaño

Consiste en la mutación o alteración de la verdad, tendiente a provocar o mantener el error ajeno, como medio de conseguir la entrega del bien. En sí, el engaño consiste en una simulación o disimulación capaz de inducir a error a una o varias personas. El engaño, no debe ser cualquiera, debe ser idóneo, lo suficiente para mantener en error a la víctima.

b) La astucia

Es la habilidad, carácter mañoso y audaz con que se procede para conseguir un provecho ilícito creando error en la victima.

c) El ardid

Es un medio empleado, hábil y mañosamente, para el logro de algún intento.

d) Otra forma fraudulenta

Convierte al precepto en un tipo penal abierto o numerus apertus.

¿Cuándo se consuma este delito?

Se consuma en el momento en que el sujeto pasivo por error realiza el acto de disposición patrimonial perjudicial y el autor obtiene de ese modo, la disposición del bien ajeno.

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